En “Rey c/Rocha”, la CSJN deriva el concepto de “arbitrariedad de sentencia” del deber de resolver fundada y razonablemente previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación.
La publicación de una ley forma parte del proceso de formación y sanción de las leyes porque éstas existen a partir de aquel momento.
En la causa “Batalla, Rufino”, la CSJN reconoce la potestad del Congreso de la Nación para dictar leyes aclaratorias interpretativas de otras anteriores.
En la causa “Martín”, por aplicación del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, la CSJN dio primacía a la aplicación del tratado internacional respecto de una ley de la Nación.
En “Elortondo”, la CSJN reconoce la atribución que tienen y el deber en que se hallan los tribunales de justicia de examinar las leyes en los casos concretos que se traen a su decisión, comparándolas con el texto de la Constitución y abstenerse de aplicarlas, si las encuentra en oposición con ella, constituyendo esta atribución inmensurable, uno los fines supremos y fundamentales del Poder Judicial de la Nación.
En materia de bienes, el Código Civil y Comercial de la Nación…
El abuso del derecho en el Código Civil y Comercial de la Nación…
En la causa “Molinos Río de la Plata”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil concluyó que…
En el caso “Padec”, la CSJN concluyó que…
En el caso Comunidad Mapuche Las Huaytekas la CSJN reconoció que…